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TÉRMINOS Y CONDICIONES

1. IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR
Titular del sitio web: GRUPOMASCOMPRARINVERSIONES, S.L.
CIF: B75794628
Domicilio social: Camí Vell del Grau, 19, 46730, Grau i Platja, Gandía (Valencia), España
Correo electrónico: reservas@alquilarmascomprar.com
Sitio web: www.alquilarmascomprar.com
La presente web se ofrece en cumplimiento de la normativa española aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.

 
2. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes condiciones regulan:

  • El acceso, navegación y uso del sitio web; 

  • La solicitud de información o disponibilidad sobre los inmuebles gestionados por la Empresa; 

  • y, en su caso, la contratación de alojamientos comercializados por la Empresa. 

  • El acceso y uso de este sitio web atribuye la condición de usuario e implica la aceptación de las presentes condiciones en aquello que resulte aplicable.


3. NATURALEZA DEL SERVICIO
La Empresa actúa en nombre propio en la gestión y explotación de los inmuebles ofertados, en virtud de los correspondientes títulos jurídicos suscritos con sus propietarios.
Con carácter general, la Empresa no actúa como mera plataforma de intermediación entre propietarios y clientes, sino como parte contratante frente al cliente final.
La relación contractual será, por tanto, con carácter general: EMPRESA ↔ CLIENTE.


4. FUNCIONAMIENTO DEL SITIO WEB Y PROCESO DE CONTRATACIÓN

El sitio web se configura como un canal de información, gestión de solicitudes e intermediación, sin que exista en ningún caso un sistema de contratación automática o reserva directa online.

 

En la modalidad de alojamiento turístico, la empresa gestiona directamente las solicitudes de estancia, verificando la disponibilidad del inmueble y confirmando la reserva de forma expresa antes de su formalización.

 

En la modalidad de arrendamiento de temporada, la empresa actúa exclusivamente como intermediaria, facilitando el contacto entre propietario y arrendatario, siendo estos quienes formalizan el contrato de forma directa.

 

La web no permite realizar pagos automáticos, ni reservas inmediatas, ni contratación online directa, sino que todas las operaciones se gestionan mediante un proceso de solicitud, validación y confirmación posterior.

 
5. MODALIDADES DE ESTANCIA Y NORMATIVA APLICABLE
La Empresa puede ofrecer inmuebles bajo dos modalidades jurídicas distintas, cuya calificación dependerá del uso real de la estancia y no solo del nombre que le den las partes.


5.1. Alojamiento turístico o vacacional
Tendrá esta consideración la cesión temporal del inmueble cuando la estancia responda a una finalidad vacacional, turística o de ocio, y quede sometida a la normativa sectorial turística aplicable.
En la Comunitat Valenciana, esta materia se regula principalmente por la Ley 15/2018, de turismo, ocio y hospitalidad, por el Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, y por el Decreto-ley 9/2024, de 2 de agosto, que modificó la regulación de las viviendas de uso turístico. El régimen autonómico vigente vincula la vivienda de uso turístico, entre otros requisitos, a cesiones del inmueble completo por tiempo igual o inferior a 10 días continuados a una misma persona arrendataria, así como al cumplimiento de los requisitos registrales, administrativos y, en su caso, urbanísticos exigibles. El Decreto-ley 9/2024 introdujo además, entre otras novedades, una validez de cinco años para la inscripción de las viviendas de uso turístico en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, sujeta a renovación en los términos reglamentarios.


5.2. Arrendamiento de temporada
El arrendamiento de temporada es una modalidad distinta del alojamiento turístico. Se rige por la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, como arrendamiento para uso distinto del de vivienda habitual, y exige que la ocupación responda a una causa temporal concreta, real y ajena al uso vacacional, como por ejemplo motivos laborales, académicos, sanitarios, formativos o análogos. La propia LAU excluye de su régimen ordinario la cesión temporal de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada, comercializada o promocionada en canales turísticos y sometida a normativa sectorial específica, lo que obliga a distinguir correctamente entre temporada real y uso turístico. 
La mera duración de la estancia no convierte automáticamente un contrato en arrendamiento de temporada. En consecuencia, una estancia superior a 10 días no será por sí sola suficiente para considerarla temporada si la finalidad real del cliente sigue siendo vacacional o turística.


5.3. Normativa adicional
Sin perjuicio de lo anterior, podrán resultar también aplicables otras normas en materia de arrendamientos de corta duración, consumo, comercio electrónico, protección de datos, obligaciones de registro e información. En particular, a nivel estatal debe tenerse en cuenta el Real Decreto 1312/2024, regulador del Registro Único de Arrendamientos y de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos de corta duración.


6. USO CORRECTO DE LA MODALIDAD CONTRATADA
El cliente deberá contratar la modalidad que corresponda al uso real que vaya a dar al inmueble.
Por ello:

  • El alojamiento turístico o vacacional deberá reservarse cuando la estancia tenga finalidad de vacaciones, ocio, escapada o turismo; 

  • El arrendamiento de temporada solo podrá contratarse cuando exista una causa temporal real distinta de la vacacional. 

  • La Empresa podrá solicitar información adicional sobre la finalidad de la estancia antes de aceptar una reserva o formalizar un contrato, con el fin de aplicar correctamente la normativa correspondiente.

  • Queda expresamente prohibido utilizar contratos de temporada para encubrir estancias turísticas o vacacionales. En caso de falsedad, ocultación o uso indebido, la Empresa podrá rechazar la solicitud, denegar la contratación, resolver el contrato o retener las cantidades que correspondan conforme al contrato y a la normativa aplicable.


7. OBLIGACIÓN DE ACEPTACIÓN EXPRESA DE LAS CONDICIONES
La contratación o reserva no podrá formalizarse sin la aceptación expresa previa por parte del cliente de las presentes condiciones legales y, en su caso, de las condiciones particulares aplicables al tipo de estancia contratada.
El cliente deberá declarar expresamente, antes de confirmar la reserva:

  • Que ha leído y aceptado los presentes términos y condiciones.

  • Que conoce la modalidad contratada.

  • y que utilizará el inmueble de conformidad con dicha modalidad y con la normativa aplicable. 

Sin dicha aceptación previa, la Empresa no vendrá obligada a confirmar la reserva.


8. PRECIOS, IMPUESTOS, PAGO Y FIANZA
El precio aplicable será el indicado por la Empresa antes de la confirmación de la reserva o contratación.
Podrá exigirse una fianza o depósito de garantía, cuyo importe se comunicará previamente. Salvo que se establezca otro importe en la confirmación o en el contrato, la fianza habitual podrá ser de 200 euros.
La fianza responderá, entre otros conceptos, de:

  • Daños o desperfectos causados en el inmueble, mobiliario o enseres.

  • Limpieza extraordinaria.

  • Pérdida de llaves, mandos, tarjetas o elementos de acceso.

  • Salidas fuera del horario establecido.

  • Incumplimientos de las normas de uso. 

La devolución de la fianza se efectuará, en su caso, una vez comprobado el estado del inmueble y el cumplimiento de las obligaciones contractuales.


IVA
El tratamiento fiscal dependerá de la naturaleza real del servicio prestado.
Conforme al criterio de la Agencia Tributaria, el arrendamiento de viviendas o apartamentos turísticos sin servicios propios de la industria hotelera, limitándose a la mera puesta a disposición del inmueble, está exento de IVA. En cambio, si se prestan servicios propios de hostelería como recepción y atención permanente, limpieza periódica durante la estancia, cambio periódico de ropa de cama y baño u otros servicios complementarios análogos, el alojamiento no estará exento y tributará al 10 % de IVA. Por eso no conviene afirmar de forma general que “todos los importes del alojamiento están exentos de IVA”, porque eso solo será correcto en determinados supuestos. 
En la actualidad, no existe una tasa turística autonómica obligatoria general para viviendas de uso turístico en la Comunitat Valenciana en los términos planteados en este texto; si en el futuro se estableciera una tasa o gravamen aplicable, se informará al cliente antes de la contratación. Esta última frase es una previsión contractual prudente.


9. NORMAS GENERALES DE USO DEL INMUEBLE
El cliente y, en su caso, el resto de los ocupantes se comprometen a hacer un uso diligente del inmueble y a respetar las normas básicas de convivencia.
Queda prohibido, salvo autorización expresa por escrito:

  • Celebrar fiestas, eventos o reuniones que generen molestias; 

  • Superar el número máximo de ocupantes autorizado; 

  • Destinar el inmueble a finalidad distinta de la contratada; 

  • Desarrollar actividades ilícitas, molestas, insalubres, peligrosas o contrarias a la buena fe; 

  • Introducir mascotas cuando no esté expresamente permitido; 

  • Fumar en el interior del inmueble, salvo autorización expresa. 

El incumplimiento de estas normas podrá dar lugar a la resolución anticipada de la estancia, pérdida total o parcial de la fianza y reclamación de daños y perjuicios.


10. HORARIOS DE ENTRADA Y SALIDA
Los horarios de entrada y salida serán los indicados por la Empresa en cada reserva o contrato.
Salvo pacto distinto, la entrada y la salida deberán respetar los horarios comunicados por la Empresa. La salida fuera de hora podrá generar un cargo adicional o, si procede, el coste equivalente a una noche extra.
La Empresa podrá exigir la identificación de todos los ocupantes antes de la entrega de llaves o acceso al inmueble.

11. REGISTRO DE VIAJEROS Y OBLIGACIONES LEGALES
El cliente deberá facilitar, antes o durante el check-in, los datos y documentos identificativos de todos los ocupantes cuando ello sea exigible legalmente.
La falta de entrega de esta información podrá impedir la entrada al inmueble o la formalización de la estancia, sin que ello genere responsabilidad para la Empresa.

 

12.CONDICIONES PARTICULARES DEL ALOJAMIENTO TURÍSTICO O VACACIONAL
Estas condiciones se aplicarán únicamente cuando el inmueble se comercialice y contrate como alojamiento turístico o vacacional.
La estancia tendrá finalidad turística o de ocio y quedará sujeta a la normativa turística aplicable en cada momento.
Cuando resulte legalmente exigible, la publicidad del inmueble incluirá los datos de inscripción turística y la información obligatoria correspondiente. La reserva quedará confirmada solo cuando la Empresa lo comunique expresamente por escrito y, en su caso, se haya recibido el pago o anticipo solicitado. En esta modalidad, el cliente reconoce que la estancia tiene naturaleza vacacional y se compromete a no alterar ni desvirtuar dicho régimen.


13. CONDICIONES PARTICULARES DEL ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA
Estas condiciones se aplicarán únicamente cuando el inmueble se comercialice y contrate como arrendamiento de temporada.
El arrendatario declara que la estancia responde a una causa temporal concreta y no vacacional, y se compromete a destinar el inmueble exclusivamente a dicha finalidad. La Empresa podrá requerir documentación acreditativa de la causa temporal alegada.
Queda expresamente prohibido utilizar esta modalidad para vacaciones, ocio estacional, estancias turísticas, veraneo o escapadas.
La falsedad en la causa temporal o el uso vacacional efectivo facultará a la Empresa para resolver el contrato y reclamar, en su caso, los daños y perjuicios ocasionados.


14. POLÍTICA DE CANCELACIÓN
Salvo que en una reserva concreta se indique expresamente otra política de cancelación, se aplicará la siguiente política general:
cancelación con más de 30 días de antelación respecto de la fecha de entrada: devolución íntegra de las cantidades entregadas a cuenta; 
cancelación entre 30 y 15 días antes de la entrada: devolución del 50 % de las cantidades entregadas a cuenta; 
cancelación con menos de 15 días de antelación o no presentación: no procederá devolución. 
La Empresa podrá, si lo considera oportuno y según disponibilidad, ofrecer alternativa de cambio de fechas o bono para una futura estancia, pero ello no constituirá una obligación salvo pacto expreso.


15. DERECHO DE DESISTIMIENTO
De conformidad con la normativa de consumidores y usuarios, en los contratos de servicios de alojamiento para fechas o periodos de ejecución determinados no resulta aplicable el derecho de desistimiento, cuando concurra la excepción legal prevista para este tipo de servicios.


16. RESPONSABILIDAD
La Empresa no garantiza la disponibilidad permanente del sitio web ni la inexistencia de errores técnicos, tipográficos o de disponibilidad, reservándose el derecho a modificar, actualizar o suspender temporalmente el sitio web o parte de sus contenidos.
La Empresa no será responsable de:

  • Caídas del sistema o incidencias técnicas ajenas a su control razonable; 

  • Virus, malware o elementos dañinos introducidos por terceros; 

  • Contenidos o servicios de sitios web enlazados de terceros. 

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que legalmente le corresponda por la correcta prestación del servicio efectivamente contratado.


17. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Todos los contenidos del sitio web, incluidos textos, imágenes, diseños, fotografías, logotipos, nombres comerciales, marcas, estructura y software, son titularidad de la Empresa o de terceros que han autorizado su uso.
Queda prohibida su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública o explotación sin autorización previa y expresa.

 

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